Miércoles, 14 de junio de 2006
Sin dejar de reconocer ciertos adelantos, la Ley, esta redactada en términos farragosos y poco claros. Todo el mundo cree que son dos años de garantía total en la cual se puede pedir la sustitución del bien o devolución del dinero.
Esto realmente no es así.
- Durante los seis primeros meses, se presume que cualquier desperfecto lo es por defecto de fabricación, pasado este tiempo es el consumidor el que deberá probar tal defecto. (contratar los servicio de un perito para que certifiquen el origen de la avería).
- Los bienes de segunda mano tienen una año de garantía, pero no se podrá pedir la sustitución del bien.
- El consumidor podrá optar entre exigir la reparación o sustitución del bien, salvo que una de estas opciones resulte imposible o desproporcionada. (podrá exigir pero quien decidirá será el garante o vendedor).
- El consumidor podrá pedir la devolución del dinero si la reparación o subsanación del incumplimiento no se llevará a cabo en un plazo razonable o sin mayores inconvenientes. (no podrá pedirlo si el defecto es de escasa importancia)
- El vendedor es el que tiene que responder ante la garantía de los bienes y en segunda instancia también podrá dirigirse contra el fabricante o importador.

Ley 23/2003 de Garantías en la Venta de Bienes Muebles
Por: carla | General | Comentarios (0) | Referencias (0)
Viernes, 09 de junio de 2006

Cuando compramos una vivienda sobre plano no nos damos cuenta de los riesgos que corremos, posiblemente por la falta de información.
Entre ellos, destacaré los siguientes:
- Que la vivienda que compréis no se ajuste al plano inicial.
- Que tenga una cláusula en el contrato de compra-venta en la que especifique que el comprador autoriza al vendedor a realizar modificaciones técnicas.
- Que tenga cláusulas de subrogación a la hipoteca.
- Que cualquier modificación en la construcción sean “extras”.
- Que existan deficiencias a la entrega de llaves.
- Que no figure la fecha de entrega de la vivienda.
Sólo puedo decir que, ante una compra de vivienda, consideréis varios aspectos como:
- Verificación registral (Nota simple del registro en el que figura el titular registral )
- Documentación a disposición del publico. R.D. 515/1989, de 21 de abril
- Financiación
- Fiscalidad
- La reserva, contrato compraventa y escritura pública
Por: carla | General | Comentarios (0) | Referencias (0)
Miércoles, 07 de junio de 2006

Es increíble la cantidad de problemas que tienen los usuarios de telefonía móvil.
Las altas se realizan por teléfono pero ¡OJO! las bajas se deben realizar por escrito certificado y con acuse de recibo o algún procedimiento que permita tener constancia de dichas bajas.
Otro tema importante son las migraciones a otros servidores, te realizan ellos mismos las bajas pero ¡OJO! si tienes contratado otro tipo de servicios el nuevo operador sólo te dará de baja de las llamadas automáticas.
Otro problema son las promociones con teléfono gratuito o por debajo del valor de mercado, te hacen firmar un contrato con una duración entre 12 o 18 meses pero ¡OJO! si lo incumples tienes una penalización que varia en cada operador pero esta estipulada en el contrato( letra pequeñita)
Por: carla | General | Comentarios (1) | Referencias (0)
Martes, 06 de junio de 2006
Después de varios años me pregunto si los ciudadanos tenemos algún derecho, porque siempre es lo que nos hacen creer, tiene derecho a esto, tiene derecho a lo otro...etc. Realmente lo que tenemos en un pseudo derecho llamémosle así o un derecho al pataleo que obviamente no sirve para nada. Me gustaría que las personas no fuesen tan confiadas, se informarán más, leyesen y no firmasen cualquier documento.
Por ejemplo: Bajada de intereses, ciudadanos comprando viviendas por doquier e hipotecándose hasta las cejas con hipotecas variables = subida del dinero después del “bum” inmobiliario, incremento del euroibor y el consiguiente encarecimiento de la hipoteca.
¿ Estábamos hablando de derechos?... y esto no es nada.
Por: carla | General | Comentarios (1) | Referencias (0)
Diseñado por Studio.st
Online gracias a Bitacoras.com